Aunque el espacio esté justo frente a tu casa, no significa que te pertenezca. La legislación de Chihuahua prohíbe reservar lugares de estacionamiento en la vía pública colocando objetos sin autorización. Te explicamos qué pasa con los botes, conos, cocheras y vecinos que apartan lugares.
Seguramente lo has visto en alguna colonia de Chihuahua: una cubeta, un bote de pintura, dos conos de plástico o incluso una silla colocada sobre la calle.
El mensaje parece claro: “Aquí no te estaciones”.
A veces los objetos están frente a una vivienda; otras, afuera de un negocio. Y aunque muchas personas consideran que tienen derecho a reservar ese espacio porque está frente a su propiedad, la ley establece algo diferente.
En Chihuahua, los lugares de estacionamiento ubicados sobre la vía pública pueden ser utilizados por cualquier persona, siempre que no exista una restricción legal o un señalamiento oficial que lo impida.
Así que surge una pregunta que seguramente ha provocado más de una discusión entre vecinos: ¿es legal apartar el estacionamiento frente a tu propia casa?
¿La calle frente a tu casa te pertenece?
No.
Ser propietario de una vivienda no te convierte en dueño del espacio de estacionamiento ubicado sobre la calle.
El artículo 77 de la Ley de Vialidad y Tránsito para el Estado de Chihuahua establece que los espacios de la vía pública situados frente a propiedades particulares pueden utilizarse para estacionar vehículos por cualquier persona, respetando las excepciones previstas en la misma ley.
Esto significa que, si existe un espacio permitido frente a tu casa, otro conductor puede estacionarse ahí legalmente.
No importa que tú acostumbres dejar tu vehículo en ese lugar todos los días. Esa costumbre no genera un derecho exclusivo sobre la calle.
¿Está prohibido poner botes, conos o sillas para apartar lugar?
Sí, cuando se utilizan para reservar un estacionamiento público sin autorización.
El artículo 80 de la misma ley establece expresamente la prohibición de reservar lugares de estacionamiento en la vía pública y colocar objetos que impidan estacionarse o dificulten la circulación de vehículos y peatones.
La restricción comprende obstáculos fijos, semifijos o móviles, salvo que exista un permiso otorgado por la autoridad correspondiente.
Por lo tanto, utilizar cubetas, conos, llantas, sillas o botes para impedir que alguien más ocupe un lugar no se vuelve legal simplemente porque esté frente a tu vivienda.
La ley también permite que los oficiales de tránsito ordenen retirar inmediatamente esos objetos cuando se colocan sin autorización.
¿Y si alguien se estaciona frente a mi cochera?
Aquí existe una diferencia importante.
Una cosa es estacionarse frente a una casa y otra bloquear el acceso a una cochera.
El artículo 77 contempla entre las restricciones estacionarse frente al acceso de cocheras y patios, con la excepción legal referente al propio domicilio.
Por ejemplo:
- Si alguien se estaciona frente a la pared o banqueta de tu vivienda, en un lugar donde está permitido estacionarse, eso no constituye por sí solo una infracción.
- Si un vehículo bloquea la entrada o salida de tu cochera, la situación es distinta porque afecta un acceso vehicular.
- Si el lugar está reservado oficialmente, tiene una restricción de estacionamiento o corresponde a una rampa para personas con discapacidad, deben respetarse esas disposiciones.
Tener una cochera te da derecho a que se respete su acceso, pero no significa que puedas reservar todos los espacios de la calle que se encuentran frente a tu propiedad.
¿Qué pasa si un negocio aparta lugares para sus clientes?
La regla general también aplica a los establecimientos comerciales.
Que un local tenga su fachada frente a la calle no significa que pueda apropiarse de los espacios públicos para reservarlos exclusivamente a clientes, proveedores o empleados.
Para establecer restricciones sobre la vía pública se necesita el fundamento y, cuando corresponda, la autorización de la autoridad competente.
Esto es diferente de un estacionamiento privado dentro de un predio, donde pueden existir reglas particulares de uso.
También hay excepciones oficiales para áreas de carga y descarga, sitios de transporte público y otros espacios señalizados conforme a la legislación.
¿Te pueden sancionar por obstruir la vía pública?
Sí, dependiendo de las circunstancias y de la disposición que se infrinja.
Además de la legislación estatal de tránsito, el Municipio de Chihuahua cuenta con un Reglamento del Sistema de Justicia Cívica que contempla faltas relacionadas con la obstrucción de espacios públicos.
El Gobierno Municipal ha explicado que impedir o estorbar injustificadamente el libre tránsito puede constituir una falta administrativa, con consecuencias que pueden incluir sanciones económicas u otras medidas previstas por el reglamento.
No existe una multa única que deba atribuirse automáticamente a cualquier bote o cono. La sanción depende de la conducta acreditada, la norma aplicada y la determinación de la autoridad competente.
¿Qué hacer si un vecino aparta la calle todos los días?
Lo más recomendable es evitar confrontaciones y acudir a las autoridades correspondientes.
Si los objetos están colocados para reservar un espacio de estacionamiento en la vía pública, puedes reportar la situación a la autoridad de tránsito competente.
Cuando existe una obstrucción del espacio público, también puede intervenir la autoridad municipal dentro de sus atribuciones.
Conviene proporcionar la ubicación exacta, describir los objetos y explicar si afectan el estacionamiento permitido, el paso de peatones o la circulación.
No es recomendable mover por la fuerza los objetos de otra persona ni iniciar una discusión, especialmente cuando la situación puede atenderse mediante un reporte.
¿La regla también aplica en fraccionamientos privados?
No necesariamente de la misma manera.
El artículo 77 de la Ley de Vialidad y Tránsito contempla expresamente que el estacionamiento en fraccionamientos o unidades habitacionales sujetos al régimen de propiedad en condominio se rige por el reglamento interior correspondiente.
Por eso es importante distinguir entre una calle pública, un estacionamiento privado y las áreas comunes de un condominio.
No todas las situaciones tienen exactamente las mismas reglas.
En corto: lo que debes saber antes de apartar un lugar
| Situación | ¿Qué establece la regla general? |
|---|---|
| Estacionarse frente a una casa | Permitido si no hay prohibición legal |
| Poner botes o conos para reservar lugar | Prohibido sin autorización |
| Bloquear una cochera | Restringido por la ley |
| Apartar espacios frente a un negocio | No se permite sin autorización correspondiente |
| Reservar un lugar mediante permiso oficial | Depende de la autorización y sus condiciones |
| Estacionamiento en un condominio | Revisar el régimen y reglamento aplicable |
En Chihuahua, la regla es clara: vivir frente a un espacio de estacionamiento no significa ser su propietario.
Así que la próxima vez que encuentres una cubeta o un cono apartando un lugar en la calle, recuerda que la vía pública es de uso común y que su utilización está regulada por la ley, no por quién vive más cerca.
Redacción por: Jesús Cota
¿Ya te ha pasado que encuentras lugares apartados con botes o conos en tu colonia?
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