¿Trabajas este 16 de septiembre? Esto te deben pagar por laborar en día festivo

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El 16 de septiembre es día de descanso obligatorio en México. Si te toca trabajar, la Ley Federal del Trabajo establece que debes recibir tu salario normal del día más un salario doble por el servicio prestado: en total, el equivalente a un pago triple.

Mientras una parte de Chihuahua aprovecha este miércoles para descansar, ver el desfile o simplemente quedarse en casa, miles de personas estarán trabajando.

Restaurantes, hoteles, hospitales, tiendas, gasolineras, seguridad, transporte y otros servicios no pueden simplemente apagar la luz durante todo el 16 de septiembre.

Pero trabajar este día tiene una diferencia importante para tu nómina.

No se paga como cualquier miércoles.

El 16 de septiembre aparece expresamente en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como uno de los días de descanso obligatorio en México.

Entonces, ¿cuánto te deben pagar?

La regla está en el artículo 75.

Quien labore durante un día de descanso obligatorio tiene derecho a recibir, además del salario correspondiente al propio día festivo, un salario doble por el trabajo realizado.

En términos sencillos:

tu salario diario normal + dos salarios diarios adicionales = triple salario por ese día.

PROFEDET lo confirma expresamente para los días de descanso obligatorio de 2026.

Hagamos cuentas

Si normalmente ganas:

Salario diarioTotal correspondiente por trabajar el 16
$315.04$945.12
$500$1,500
$800$2,400
$1,000$3,000

En Chihuahua capital, el salario mínimo general vigente durante 2026 es de 315.04 pesos diarios, por lo que alguien que perciba exactamente ese salario tendría derecho a un total equivalente a 945.12 pesos por ese día si trabaja la jornada correspondiente. PROFEDET utiliza ese mismo cálculo para los festivos de 2026.

En la Zona Libre de la Frontera Norte, donde se encuentra Ciudad Juárez, el salario mínimo vigente es de 440.87 pesos diarios; el equivalente triple sería 1,322.61 pesos.

Ojo: “triple” no siempre significa que verás tres pagos extras

Aquí suele comenzar la confusión.

Si recibes sueldo semanal, quincenal o mensual, el salario normal correspondiente al 16 de septiembre puede estar incluido ya dentro de tu nómina ordinaria.

Lo que debe agregarse por haber trabajado ese día es el salario doble adicional por el servicio prestado.

Al sumar lo ordinario más ese pago adicional, el resultado equivale al salario triple establecido por la ley.

Así que no necesariamente esperes ver una línea que diga literalmente “tres salarios extra”.

Lo importante es que, al hacer la cuenta completa, el pago correspondiente a ese día equivalga a tres veces tu salario diario.

¿Y el 15 de septiembre también se paga triple?

No.

Aunque la noche del 15 es cuando se realiza tradicionalmente el Grito de Independencia, el 15 de septiembre no aparece como día de descanso obligatorio en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

El día reconocido por la ley es el 16 de septiembre.

Si trabajaste el 15, el pago especial no aplica únicamente por tratarse de la víspera de la Independencia, salvo que tu contrato, condiciones laborales o convenio colectivo establezcan algo adicional.

¿Tu empresa puede abrir este 16?

Sí.

Que sea día de descanso obligatorio no significa que todos los negocios deban cerrar.

La propia Ley Federal del Trabajo contempla que determinadas personas puedan prestar sus servicios ese día; empleadores y trabajadores deben determinar el personal necesario. Quienes laboren conservan el derecho al pago especial previsto por el artículo 75.

Es decir:

el restaurante puede abrir, el hospital debe funcionar y una tienda puede operar.

Lo que no cambia es el derecho laboral de quien trabaja.

¿Y si trabajas horas extra?

El pago por trabajar un día festivo y el pago de tiempo extraordinario son conceptos distintos.

La Ley Federal del Trabajo también establece reglas específicas para las horas que exceden la jornada ordinaria, incluyendo pagos adicionales dependiendo del número de horas extraordinarias acumuladas.

Si además de trabajar este 16 te piden quedarte más tiempo del correspondiente a tu jornada, conviene revisar ambos conceptos en tu recibo.

¿Qué puedes hacer si no te lo pagan?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo ofrece orientación gratuita para revisar este tipo de casos.

PROFEDET mantiene disponible durante 2026 la Línea 079 del Gobierno de México, además de atención mediante sus oficinas en el país.

Lo recomendable es conservar:

tu recibo de nómina, horario, registro de asistencia y cualquier mensaje o documento que compruebe que trabajaste el 16 de septiembre.

La cuenta que debes recordar

No necesitas convertirte en contador para revisar tu nómina.

Si trabajas este 16 de septiembre, toma tu salario diario y multiplícalo por tres.

Porque celebrar trabajando también tiene una regla bastante mexicana:

si tú no tuviste el día festivo, tu nómina sí debe notarlo.

Redacción por: Jesús Cota

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